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Qué NO es consentimiento: una lista incompleta

Traducción de un artículo original de Hannah M. Braswell, publicado en el blog “Bleeding Feminism”

Aviso: este artículo habla abiertamente de violaciones

  • 5 noes y un sí no son consentimiento

No puedes acosar a alguien hasta que se rinda y se acueste contigo. Bueno, técnicamente sí que puedes, pero eso te convertiría en un violador. Esta es una de esas ideas malísimas que vemos una vez y otra en los medios de comunicación. Seguro que lo has visto en series y las películas: esa escena donde hay una chica sentada en la cama con pinta de sentirse incómoda que le dice a su novio que no quiere acostarse con él, y él insiste y suplica diciendo “vamos…”, “¿es que no me quieres?, “¿por qué no?”. A menudo, ella se rinde. Más frecuentemente aún, se trata este comportamiento como algo cómico. Deberíamos reflexionar sobre el mensaje que se está transmitiendo a los jóvenes: que su “no” no es lo suficientemente bueno, que deben explicar su “no” para que sea válido (“pero, ¿por qué no quieres follar conmigo?”). Sencillamente, se le está diciendo que sus propios deseos sobre lo que se le hace a su cuerpo no importan, que está bien presionar de esta manera a otras personas y que está bien ignorar lo que ellas quieren. Pero no lo está.

  • Salir con alguien o estar casado con él no implica consentimiento automático

Esta es la mentalidad que lleva a las violaciones de conocidos y a las violaciones en el matrimonio. Solo porque alguien ha aceptado tener una cita contigo, ser tu novio / novia / pareja o incluso casarse contigo, no significa que tengas derecho a usar su cuerpo como te parezca. Nadie te debe sexo nunca, y tener una relación con alguien no cancela su derecho a decir “no”.

  • Alguien que está borracho o colocado no puede consentir

Esta es otra escena que solemos ver en las películas: los personajes van a una fiesta esa noche y uno de ellos se alegra de que “¡va a haber un montón de tías borrachas!”, porque en teoría es más fácil follarse a chicas borrachas. Este tipo de comportamiento depredador (buscar activamente personas que no están en condiciones de negarse) refleja una mentalidad de violador. Los violadores saben que es menos probable que la gente se tome en serio a una víctima que ha estado bebiendo: es su comportamiento el que va a ser puesto bajo sospecha (“¿¡por qué fuiste a la fiesta sola!?”). El violador lo sabe, y sus víctimas probablemente lo saben también, lo que incluso puede llevarles a no denunciar nunca jamás.

  • La ausencia de “no” no es consentimiento

A no ser que sea obvio (has preguntado, la otra persona responde entusiasmada a tus caricias, o te han dicho directamente “sí, me gustaría acostarme contigo”), tienes que tomártelo como un “no”. Si está callada, es “no”. Si está completamente quieta, es “no”. Si no te está besando, si no está respondiendo, es “no”. Si dicen “no estoy segura…”, “no sé…”, “espera…” o alguna otra respuesta que implique duda, es “no”. Y tienes que tomártelo como la última respuesta porque, como explicamos en el primer punto, no puedes suplicarle a alguien hasta que se rinda. Si al final cambia de opinión (por sí sola, sin insistencia por tu parte), estoy segura de que te lo hará saber. Pero por ahora, tienes que desistir y dejarle sola.

  • No es consentimiento si les da miedo decir “no”

Esto se aplica a las situaciones obvias como las violaciones a punta de cuchillo o de pistola, pero también cuenta si les intimidas sin necesidad de usar un arma. Retorcerles el brazo, acorralarles en una esquina, decirles que no les llevarás en coche a casa a no ser que hagan lo que tú quieres. El consentimiento se da de manera voluntaria, no se arranca de alguien a base de asustarle.

  • Alguien que está dormido o inconsciente no puede consentir

Es terrible tener que explicar esto, pero en muchas ocasiones los violadores se aprovechan de gente que está inconsciente. Ponerle las manos encima a alguien que se ha quedado dormido en un sofá durante una fiesta es violación*. Aprovecharse disimuladamente de alguien dormido es violación. Si no están, en fin, conscientes, no pueden decir “sí, quiero” y eso lo convierte en violación.

  • Recibir consentimiento de alguien en una ocasión no implica que tengas su consentimiento para siempre

El consentimiento es activo: debe ser reafirmado constantemente. Quizás se acostó contigo aquella vez en aquella fiesta, pero eso no significa que puedas hacer uso de su cuerpo para siempre, porque a lo mejor solo quería que ocurriera una vez. El consentimiento no es algo que puedas asumir bajo ninguna circunstancia y puede retirarse sin previo aviso, incluso en mitad de un acto sexual. También es importante recordar que el hecho de que alguien haya consentido a una práctica sexual no implica consentimiento para todas las prácticas sexuales. Si quieres probar algo nuevo, tienes que preguntar.

  • La ropa que lleva puesta no tiene nada que ver con el consentimiento

Si quieres liarte con alguien tienes que preguntarle a ella, no a su minifalda. La gente a menudo comete el error de asumir que alguien que se viste de manera provocativa tiene que estar deseando sexo, pero esta idea es un subproducto del sexismo. Es esa mentalidad de “las mujeres son mi propiedad” que lleva a los violadores a pensar “si va vestida así, seguro que lo hace para mí”. Ni siquiera se les ocurre pensar que a lo mejor lleva un vestido con escote porque le gusta a ella.

Te habrás dado cuenta de que este artículo es una lista incompleta, porque esta no es la última palabra sobre lo que no es consentimiento y a veces estas cosas tienen que tratarse caso por caso. El consentimiento sexual es entusiasta, otorgado libremente, sin presiones ni miedos. El consentimiento es escuchar a tu pareja, fijarte en su lenguaje corporal, y preguntar “¿esto está bien?” , “¿te gusta?”. Y el contacto sexual sin consentimiento es violación. Si no estás seguro de si la otra persona está consintiendo o es capaz de consentir, entonces para. 

* (Nota de la traductora: según la legislación española, aprovecharse sexualmente de alguien dormido o inconsciente es un delito de abuso sexual).

“Me emborraché demasiado y me violaron la boca”

Hoy traducimos este texto de Reddit. El texto original en inglés, con más de 200 comentarios, puede encontrarse aquí: Too drunk, got mouth raped

Creemos que este testimonio es un buen ejemplo de las circunstancias reales en las que se producen las agresiones y abusos sexuales. En la mayoría de los casos el agresor no es un desconocido, ni emplea violencia física. Sin embargo, queremos recordar que estar bajo el efecto del alcohol o las drogas no da derecho a otros a abusar de ti. Si tienes dudas sobre si lo que te ha pasado es una violación, te recomendamos que leas esto.

“Las bebidas después del trabajo se convirtieron en una borrachera. Yo, mujer de 27 años, me quedé dormida en la casa de mi compañero de curro, Adrián de 32, y Tom, de 23, también se quedó. Me desperté con el pene de Tom dentro de mi boca. Inmediatamente salté y le pregunté que qué demonios estaba pasando. Me di cuenta de que mis vaqueros habían sido bajados en ese momento también. El dijo que no sabía, me marché de la habitación llorando y encontré a Adrián dormido en su habitación. Le dije lo que había pasado y dijo que seguro que había sido todo un error. Tom se fue en el momento que yo encontré a Adrián.

 Tengo novio desde hace tres meses que está de vacaciones fuera del país y no sé si es algo que debería decirle. No quiero estresarle y siento que debería avergonzarme y no permitirme beber tanto que alguien piense que puede meter su pene en mi boca y no despertarme. No quiero presentar cargos pero no quiero volver a ver a Tom en mi vida, así que dejar mi trabajo es una opción. 

¿Es algo que debería guardarme y no decirle a mi novio cuando vuelva? ¿Necesito hablar con Tom acerca de esto o es suficiente con no volver a verle?

Resumen: Me emborraché tanto que un tío pensó que podía meter su polla en mi boca sin despertarme. 

EDIT: Unos pocos detalles más. Tenía el sujetador quitado pero la camiseta estaba puesta. Cuando le pregunté a Tom que qué estaba pasando el dijo que no sabía. Me vio enfadada y continuó con un “me estabas dando un masaje y después no lo sé”. “Esto nunca ha ocurrido, está todo bien”. En toda la noche no hubo un solo flirteo con él, ni siquiera medio interés. Me desmayé de la borrachera y desperté cerca de alguien sin memoria acerca de lo que había pasado antes. Necesito, obviamente, dejar de beber en exceso, es peligroso para cualquiera que esté envuelto en esa situación. Como dije en los comentarios: estoy preocupada porque puede que no “despertara” y en lugar de eso recuperé la consciencia en medio de la mamada. No sé si los desmayos funcionan así. Como posibilidad, no puedo sentir que fue 100% su culpa. Gracias por vuestro consejo y apoyo, no se lo he dicho a nadie más y ayuda hablar sobre ello.”

Algunos datos para reflexionar sobre los delitos sexuales en España

Las terribles cifras que aparecen en los medios sobre violaciones en países como India o China  provocan entre quienes las leen una más que comprensible indignación… pero a menudo olvidamos que la violencia sexual también se da en nuestro propio entorno. Hoy recogemos algunos de los datos recopilados por Laura López Gutiérrez en el blog “Muera la inteligencia” acerca de los delitos sexuales en nuestro país.

Sobre la frecuencia de los delitos sexuales

  • La legislación española distingue entre agresiones sexuales (incluyendo la violación), abuso sexual y acoso sexual.
  • En España en 2011 se incoaron (es decir, se abrió una investigación) 14.139 causas sobre delitos contra la libertad sexual.
  • Cada vez se denuncia con más frecuencia, pero sigue habiendo una cifra negra: los expertos consideran que se cometen cuatro veces más delitos sexuales de los que se denuncian.

Sobre los agresores

  • Se calcula que en el 75% de los casos la víctima conocía a su agresor.
  • Existen programas estatales para la rehabilitación de agresores como SAC o DIAS que están dando buenos resultados.
  • En cambio, las víctimas deben acudir a entidades sin ánimo de lucro o sociedades privadas.

Sobre el abuso sexual infantil

  • Un 23% de las niñas y un 15% de los niños menores de 17 años ha sufrido un abuso sexual. Un 60% de ellos no ha recibido ayuda. Más datos en este informe de “Save the children”.
  • La mayoría de los abusos a menores se producen en el seno de la familia.
  • Según otro informe de esta misma organización, la justicia española deja que desear a la hora de investigar los abusos infantiles.

Cómo superar una agresión o abuso sexual

AVISO IMPORTANTE:
Si has sido víctima de un abuso o agresión sexual, te recomendamos buscar ayuda especializada. Existen muchos sitios donde se presta atención gratuita a las víctimas y que pueden ayudarte a superarlo. Para encontrar un sitio cercano a tu lugar de residencia, haz clic aquí: www.mehanviolado.com/ayuda
Si no hay ninguno exactamente en tu ciudad, te recomendamos llamar al más cercano, ya que podrán orientarte sobre recursos cerca de donde vives y prestarte atención telefónica en caso necesario.
Si eres menor de edad, en esta entrada encontrarás más información sobre qué puedes hacer: www.mehanviolado.com/soy-menor-de-edad
Mucho ánimo y suerte en tu recuperación.

Hoy nos hacemos eco de esta colaboración de Marta Sobreviela, Doctorando en Psicología Forense sobre agresión y abuso sexual. En ella se tratan los mecanismos de respuesta más frecuentes de nuestro cerebro a una agresión o abuso sexual, recogiendo las reacciones que han sido identificadas por la literatura científica. El objetivo de este artículo es, por tanto, identificar las respuestas más frecuentes y ayudar a la víctima y a sus allegados a enfrentarse a ellas.

Reacciones psicológicas más frecuentes ante una agresión o un abuso sexual

En primer lugar, hay que destacar que aunque aquí recojamos las reacciones psicológicas más frecuentes que sufre una persona, tanto hombre como mujer, cuando ha sufrido algún tipo de agresión o abuso sexual no significa que todas las personas que experimenten este suceso sufran todas estas reacciones pero, el objetivo es que si has sufrido un suceso de este tipo no pienses que eres la única o el único que lo sufre y que eres culpable de experimentar estas reacciones.

En segundo lugar, es importante tener en cuenta que estas reacciones aunque parezcan desmesuradas son adaptativas, es decir, surgen como consecuencia de tratar de aceptar y adaptarnos a lo que ha sucedido.

¿Por qué se experimentan este tipo de reacciones?

La violencia sexual es una experiencia traumática que amenaza a la integridad tanto física como mental de la persona. Aunque en la agresión o el abuso no hayas sufrido consecuencias serias para tu salud física, la mente responde para defenderse de la agresión. Es por ello que sobre todo durante las primeras semanas puedes:

  • Sentirte rara/o, distinta/o, confundida/o y sentir que la imagen que tienes de tu cuerpo ha cambiado.

  • Sentir miedo, rabia, tristeza, desánimo a la vez que sentirse aliviada/o de estar viva/o. Llorar, estar triste y sentir mucha impotencia es frecuente cuando uno sufre un suceso así.

  • No tener apetito.

  • Tener problemas para dormir o tener pesadillas.

  • No estar tan a gusto con los amigos/as, la pareja o tus familiares.

  • Querer estar sola/o. No querer hablar con nadie.

  • Reexperimentar la agresión. Pensar constantemente en lo sucedido, costándote mucho apartarlo de tu cabeza.

  • Tener la sensación de qué lo que ha pasado es irreal. Preguntarte a ti misma/o si ha pasado realmente, si ha sido un sueño o una pesadilla.

  • Estar en alerta constantemente, es decir, sobresaltarse por cualquier cosa, sentir impaciencia e irritabilidad, tener muchas dificultades para concentrarse. Junto a estas reacciones aparecen síntomas físicos como tensión muscular, temblores, sudoración, taquicardia o sensación de ahogo y falta de aire.

  • Evitación de lugares o situaciones que nos recuerdan a la agresión o abuso. Ya sea el lugar donde ocurrió la agresión, las personas parecidas al agresor/a, salir al anochecer o al amanecer dependiendo en qué momento tuviera lugar la agresión o aspectos indirectos a la agresión como evitar pensar o hablar de lo ocurrido para no sentir dolor.

  • Culpabilidad “siento como si hubiera sido culpa mía” “si no me hubiera vestido así no me hubiera ocurrido” “debería haberme defendido más” o “no debería de haberme defendido”.

  • Sentir que no tienes fuerza para llevar a cabo tu día a día, sentirte incapaz para ir al trabajo, o para levantarte e ir al colegio, instituto o Universidad, para hacer tus tareas, etc.

  • Alteración de la actividad sexual. No tener ningún tipo de deseo sexual o un gran aumento del deseo y de conductas de hipersexualidad.

Si he sufrido una agresión o un abuso, ¿qué puedo hacer con estas reacciones psicológicas?

En primer lugar, el primer paso es que no te aísles y des el paso de hablar con una persona de tu máxima confianza: tu madre, tu padre, tu hermano/a, un amigo/a, tu pareja, etc. Y hables de lo sucedido. Es muy importante que cuentes con la ayuda, el afecto y la compañía de alguien de tu confianza, ya que este punto es uno de los recursos más eficaces para sobrellevar las situaciones difíciles. Este paso te ayudará y te dará fuerza también en el caso de la denuncia.

En segundo lugar, y siempre con la ayuda de la persona o personas a las que les hayas contado lo sucedido intenta no evitar las situaciones que te recuerdan a la agresión. Es importante que si al principio sientes que no puedes realizarlo sola/o, salgas acompañada/o. Puedes elaborar un listado de todas las situaciones, lugares, personas que te recuerden a la agresión o el abuso. Puedes ordenarlas según el grado de malestar que te produzcan. Una vez hecho el listado empieza a exponerte de forma gradual y paulatina a esas situaciones empezando por las que menor malestar te produzca a las situaciones que más malestar te producen. No evites el hablar de lo sucedido. El primer paso para la superación de la agresión es hablar de lo sucedido, nunca evitar el hablar de ello.

En tercer lugar, intenta establecer un plan de auto cuidado para las próximas semanas. Descansa e intenta mantener los ritmos de sueño. Cuida la alimentación e intenta realizar comidas regulares, cada tres horas y equilibradas aunque lo hagas en poca cantidad. Evita consumir alcohol y bebidas excitantes ya que te harán estar más tensa/o y ansiosa/o.

En cuarto lugar, hay mujeres y hombres que no necesitan ayuda psicológica o farmacológica tras la agresión. Sin embargo hay otras personas que se sienten “atrapadas/os” y observan como las reacciones psicológicas antes mencionadas se vuelven más intensas y acusadas: viven con sufrimiento y temor constante es por ello que se aíslan, no hablan con nadie de lo sucedido y en algunas situaciones pueden llevar a cabo conductas como beber grandes cantidades de alcohol, comer compulsivamente o dejar absolutamente de comer, auto-medicarse o auto-lesionarse.

Si estas reacciones después de unas semanas después de la agresión o el abuso se vuelven más intensas y acusadas, debes de saber que puedes ponerte en contacto con una Asociación de víctimas cerca de tu ciudad para solicitar apoyo y tratamiento psicológico. En este tipo de Asociaciones recibirás orientación, consejo, apoyo y tratamiento tanto para los síntomas psicológicos, para la tramitación de la denuncia como para poder contactar con otras personas que han pasado por tu misma situación. No te sientas mal, ni triste ni culpable si sientes que necesitas tratamiento y que no has podido hacerle frente por ti sola ya que no tienes la culpa de haber sufrido una agresión o un abuso.

Es importante que sepas que existen tratamientos psicológicos individuales, efectivos y que, una vez que decidas ponerte en tratamiento, no lo abandones ni te desanimes, la recuperación es un proceso gradual.

¿Por qué es importante el tratamiento psicológico?

El tratamiento psicológico es importante para la prevención de secuelas asociadas al trauma como: Trastorno de Estrés Postraumático, Depresión, Ansiedad, Trastornos del sueño o Trastornos Sexuales.

¿Qué es el Trastorno de Estrés Postraumático?

El TEPT aparece cuando la persona ha sido testigo o ha sufrido una agresión física o una amenaza para la vida de uno/a mismo o de otra persona y cuando la reacción emocional experimentada implica una respuesta intensa de miedo, horror e indefensión. El TEPT tiene 3 aspectos nucleares:

  1. Las víctimas suelen revivir intensamente la agresión sufrida o la experiencia vivida en forma de pesadillas y de imágenes y recuerdos constantes e involuntarios.

  2. Evitación o escape de los lugares o situaciones asociados al hecho traumático.

  3. Respuesta de sobresalto exagerada, que se manifiesta en dificultades de concentración, problemas para conciliar el sueño, etc.

El aumento de la activación desempeña un papel especialmente significativo en el ámbito de las agresiones sexuales, que suelen ocurrir frecuentemente en el medio habitual de la víctima y a manos, en más del 50% de los casos, de personas conocidas (Echeburúa, Corral, Zubizarreta, Sarasua y Paéz, 1996).

Aunque no todas las víctimas de agresión o abuso sexual sufren trastorno de estrés postraumático se estima que un 50% de las personas que sufren una agresión sexual pueden desarrollar sintomatología de TEPT (Echeburúa, Corral y Amor, 1998).

Si soy un familiar o conocido de una persona que ha sufrido una agresión o un abuso, ¿cómo puedo ayudar?

En primer lugar, en las Asociaciones de Víctimas que anteriormente mencionábamos, también existe un espacio para familiares o conocidos dónde te pueden informar, asesorar y ofrecer apoyo también en el caso que lo necesites.

En segundo lugar, muchas personas que han sufrido una agresión o un abuso tienen mucho miedo de contar lo qué han sufrido por el temor a sentirse juzgadas/os. Sin querer, hay veces que las personas más cercanas responden con un “es que no deberías de haberte ido con esa persona” o “no deberías de haber pasado por allí”. Es complicado intentar no hacer esos comentarios porque la intención de la persona cercana es intentar ayudar pero sobre todo, comprender por qué ha pasado eso y darle una explicación lógica. Algo que hay que tener claro es qué no hay una explicación lógica del por qué eso ha sucedido, si no que ha sucedido y debemos superarlo o ayudar a la otra persona a que lo supere.

La mejor manera de intentar ayudar a esa persona es mostrándose lo más calmada/o posible, mostrar comprensión, no interrogar y no presionar a qué hable de lo sucedido, dejar que la persona cuente lo sucedido a su manera y a su marcha, no hacer reproches (como los antes mencionados), mantenerse natural y disponibles.

En tercer lugar, es imprescindible manifestar el apoyo y ayuda sobre todo en el día a día, animándola/o a qué siga realizando las tareas habituales, acompañando si es necesario en aquéllas situaciones o lugares a los que la persona evita. Siempre intentando no presionar sino acompañar a la persona.

En cuarto lugar, acompañando, orientando a interponer la denuncia judicial, a establecer los primero contactos con los profesionales que le asistirán, acompañando a las visitas a la Policía, al Juzgado, al abogado y al médico. Este acompañamiento hará que la víctima se muestre más tranquila/o y segura/o.

En quinto lugar, en caso de que el/la agresor/a sea conocido y pertenezca a alguno de los entornos ya sea familiar, laboral, académico, etc. ayúdenla/o a establecer un entorno seguro y un plan de protección si recibe algún tipo de amenazas.

En sexto lugar, puedes recomendarle que busque ayuda profesional en el caso de que las reacciones emocionales se vuelvan muy acusadas y la persona no pueda hacer frente sin ayuda a esas reacciones.

Referencias:

Bisson, J.L, McFarlane, A.C. y Rose, S. (2003). Desahogo Psicológico. En E.B. Foa,

T.M. Keane y M.J. Friedman (dirs). Tratamiento del estrés postraumático (pp.57-79). Barcelona: Ariel.

Echeburúa, E., Corral, P., Amor, P.J. (2002). Evaluación del daño psicológico en las

víctimas de delitos violentos. Psicothema. Vol. 14, supl: pp. 139-146.

Echeburúa, E., Corral, P., Amor, P.J. (1997). Evaluación del trastorno de estrés

postraumático en víctimas de agresiones sexuales y de maltrato doméstico. Hombrado (ed.): Estrés y salud. Valencia: Promolibro.

Echeburúa, E., Corral, P. y Amor, P.J. (1998). Perfiles diferenciales del Trastorno de

Estrés Postraumático en distintos tipos de víctimas. Análisis y Modificación de Conducta. Vol. 24, nº96: pp. 527-553.

Echeburúa, E., Corral. P., Sarasua, B., Zubizarreta, I. (1996). Treatment of acute

posttraumatic stress disorder in rape victims: an experimental study. Journal of Anxiety Disorders, 10: 455- 482.

Instituto de la mujer (n.d.). Violencia sexual y tráfico de seres humanos. Extraído el

16 de Abril de 2010 desde

http://www.inmujer.migualdad.es/mujer/mujeres/cifras/violencia/violencia_sexual.htm

Soria, M.A., Hernández, J.A. (1994). El agresor sexual y la víctima. Barcelona. Editorial

Boixareu Universitaria.

Vallejo Pareja, M.A. (1998). Manual de Terapia de Conducta. Madrid. Ed: Dykinson.

Abusos sexuales y prueba ilegal

Publican hoy los periódicos que un hombre ha sido absuelto de abuso sexual porque las pruebas que muestran su culpabilidad fueron obtenidas ilegalmente, concretamente por la mujer del agresor (y hermana de la víctima) que registró el coche de éste para obtener indicios de su supuesta infidelidad. Al ser un caso muy mediático ha saltado rápidamente a la palestra y suscitado comentarios del tipo “así va la justicia en España”. Sin embargo, ¿son adecuados estos comentarios? Yo diría que no, y así lo voy a tratar de demostrar.
El juez se ha limitado a aplicar un artículo de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concretamente el artículo 11.1, que dice que “no surtirán efecto las pruebas obtenidas, directa o indirectamente, violentando los derechos o libertades fundamentales”. Esto quiere decir no sólo que las pruebas así obtenidas no valen, sino que tampoco valen las pruebas lorgadas como consecuencia de ellas. Por ejemplo, si la Policía tortura a un sospechoso de narcotráfico y gracias a eso descubre el escondite de las drogas donde encuentra documentos que le dan más datos sobre la banda, a los que detiene y requisa armas ilegales que rastrea hasta un perista… todo eso es nulo porque nace de una prueba (una confesión policial) obtenida vulnerando el derecho fundamental a la integridad física. En el caso del que hablamos igual: se ha vulnerado el derecho fundamental a la intimidad.
Esta norma configura una institución de protección frente a los abusos policiales y judiciales a la hora de lograr las pruebas, aunque también se pueda esgrimir frente a pruebas aportadas por particulares. Si no estuviera, podría convertirse en práctica común la vulneración de todos los derechos fundamentales para obtener pruebas y, una vez condenado el acusado (si resultara culpable), la pena para los policías sería reducida y con progresiones inmediatas. Esto implicaría una vulneración clara de los derechos fundamentales de cualquier persona que tuviera en su contra cualquier mínimo indicio, insuficiente para fundamentar una orden judicial pero bastante para escamar a un policía. Porque todos tenemos derechos fundamentales por muy sospechosos que seamos: sólo un juez penal tras un razonamiento adecuado puede privarnos de alguno de estos ejercicios.
Por supuesto estas instituciones propias del Estado de Derecho pueden amparar abusos, como es este caso: va a salir absuelta una persona que obviamente ha cometido delitos muy graves, igual que los responsables de la desaparición de Marta del Castillo recibirán una pena probablemente menor a la que le corresponde gracias a la presunción de inocencia y a la prohibición de la tortura. Pero es lo que hay: yo prefiero que este tipo de normas existan a que no lo hagan, la verdad.
OTROSÍ DIGO: Si yo fuera la víctima del delito de abusos sobre el que trata la entrada fundamentaría mi recurso en la afirmación de que el coche no constituye un espacio de intimidad y por tanto no es aplicable el artículo 11.1 LOPJ. No conozco la jurisprudencia aplicable: en principio no creo que cuele, pero quizás lo haga, dependiendo por ejemplo de la titularidad del coche o de su régimen de uso.

Los besos no consentidos en el trabajo no son acoso

Ayer saltó a la palestra una noticia con un titular peculiar: “Los besos no consentidos en el trabajo no son acoso”. En el cuerpo del texto se informaba de la absolución en apelación de un empresario farmacéutico que había sido condenado en primera instancia por realizar tocamientos y dar besos a sus empleadas sin el consentimiento de éstas.

Voy a intentar hacer una breve reseña jurídica del caso basándome en la noticia que he leído en los medios, pero hay que tener en cuenta una cosa: a los juristas (como a, supongo, cualquier profesión especializada) nos resulta muy difícil enterarnos de noticias jurídicas en la prensa generalista. Igual que los físicos acabaron hartos del motecito de “la partícula de Dios” que recibía en la prensa el bosón de Higgs, los juristas nos llevamos las manos a la cabeza cada vez que un periódico informa sobre una sentencia. Incluso las frases entrecomilladas, presuntas citas textuales, pueden haber sido gravemente descontextualizadas. El hecho de que la mayoría de los periódicos repitan el cable de la agencia correspondiente y no publiquen la sentencia comentada no ayuda a formarse una visión del asunto.

Sin embargo, parece que una cosa hay clara: la sentencia afirma que comportamientos no consentidos consistentes en palmadas en las nalgas, tocamientos y besos no son acoso sexual. A la vista de la legislación penal vigente, tengo que coincidir con esta apreciación. Este acoso sexual no es ni más ni menos que solicitar “favores de naturaleza sexual (…) en el ámbito de una relación laboral (…), y con tal comportamiento provocare a la víctima una situación objetiva y gravemente intimidatoria, hostil o humillante” (art. 184.1 CPE). He quitado las partes del precepto no relativas al caso.

De aquí se deriva que para apreciar acoso sexual son necesarios tres requisitos objetivos:

1) Relación laboral entre agresor y víctima: este requisito concurre.
2) Solicitud de favores de naturaleza sexual: este requisito no concurre, y así lo ha apreciado la sentencia. Por muy repulsivos que sean los actos realizados, lo cierto es que en ningún momento el farmacéutico solicitó este tipo de favores, sino que directamente se los tomaba por su mano. Esto impide apreciar el tipo.
Este razonamiento basta, y por eso no entiendo muy bien que el magistrado ponente haya dicho que “el relato de los hechos no contiene referencia a que el ánimo del acusado fuera el mantenimiento de relaciones sexuales, sino sentimentales y “amorosas”, lo que “puede implicar o no tratos de carácter sexual””. Esto sí puede considerarse una salida de pata de banco machista e injustificada, pero no cambia la realidad: no ha habido solicitud de favores sexuales.
3) Provocación de una situación objetiva y gravemente intimidatoria, hostil o humillante. Aquí no me pronuncio porque no he leído los autos. Este requisito está para impedir que recaigan penas sobre todo acercamiento sexual en el ámbito laboral: cualquier persona puede sentirse intimidada o humillada por cualquier comportamiento de otro porque cada persona es un mundo. Los requisitos de objetividad y gravedad están precisamente para diferenciar losacercamientos sexuales legítimos (como puede ser pedirle a un compañero de trabajo “salir a tomar algo y lo que surja”, o incluso pedirle directamente sexo si ya hay una relación previa) de los que no lo son (por ejemplo, los que se realizan después de la primera negativa o los que se realizan en público). Por ello, sin conocer las circunstancias de los hechos no me atrevo a pronunciarme.

Vemos por tanto que estos hechos no son constitutivos de un delito de acoso sexual. ¿Deben quedar sin castigo? Por desgracia el empresario va a ser absuelto, pero ello se debe más a la impericia profesional del abogado de las víctimas que a que no haya un precepto específico en nuestra legislación. A mi juicio, el empresario es culpable de abuso sexual, un delito más grave que el mero acoso. Sin embargo, inicialmente no fue acusado de ello y por tanto se va a librar.

Según la noticia, hasta el propio magistrado ponente de la sentencia tiene claro que los hechos constituyen delito de abuso sexual. Y es que el artículo 181 CPE castiga como reo de abuso sexual a “el que, sin violencia o intimidación y sin que medie consentimiento, realizare actos que atenten contra la libertad o indemnidad sexual de otra persona”. El caso es claro: el jefe venía por detrás y palmeaba el culo de sus empleadas (o cualquier otro comportamiento semejante) sin violencia ni intimidación pero obviamente coartando la libertad sexual de éstas.

Es de lamentar que, por culpa de un abogado negligente (siempre según la reseña periodística de la sentencia) hechos tan graves vayan a quedar sin castigo.

Adenda (09/10/2012)

El disclaimer del segundo párrafo ha resultado profético. Hoy 20Minutos ha ampliado la información original extractando diversas partes de la sentencia. Entre otras cosas, el tribunal consideró probado que el acusado enviaba a las querellantes cartas con contenido erótico y que en una ocasión invitó a una de ellas a dormir con ellas en un hotel. Esto prueba sin duda la concurrencia del segundo requisito, solicitud de favores de naturaleza sexual.

Ahora se entiende también a qué viene la afirmación de la sentencia de que el acusado podría no tener intenciones sexuales sino amorosas: vista la nueva información es obvio que el juez tenía que pronunciarse sobre este extremo. Sin embargo, el razonamiento convence muy poco: creo que si alguien te invita a “dormir la siesta” con él o si te manda cartitas de amor (especialmente si también se lo hace a la otra empleada, con lo que muy loco por ti no debe estar) todos sabemos lo que quiere, y lo que quiere no es pasear por el parque y cogerte de la mano.En cuanto al tercer elemento, la situación grave y objetivamente humillante u hostil, baste decir que los hechos se sucedían de forma constante desde hace quince y diez años respectivamente y que ambas empleadas tuvieron que pedir la baja por depresión. Creo que la gravedad y la objetividad están bastante bien acreditadas. Así pues, tenemos un acoso sexual de libro. He intentado buscar la sentencia para leerla yo mismo y poder comentarla de primera mano, pero no ha habido manera.

¿Qué es la violencia sexual?

Mucha gente todavía cree que sólo se puede hablar de agresión sexual cuando hay penetración, el agresor usa la fuerza física y la víctima se resiste activamente. En realidad, el problema de la violencia sexual es mucho más complejo.

La Organización Mundial de la Salud define la violencia sexual como “todo acto sexual, la tentativa de consumar un acto sexual, los comentarios o insinuaciones sexuales no deseados, o las acciones para comercializar o utilizar de cualquier otro modo la sexualidad de una persona mediante coacción por otra persona, independientemente de la relación de ésta con la víctima, en cualquier ámbito”. Por tanto:

  • No es necesario que haya penetración. Cualquier acto sexual no deseado constituye violencia sexual.

  • Se da violencia sexual siempre que la víctima no puede tomar una decisión libre. Si no puede dar su consentimiento (por ejemplo, por estar inconsciente o bajo los efectos del alcohol) o si el agresor le presiona, amenaza o engaña para obtenerlo, la víctima no puede ejercer su libertad sexual.

  • La violencia sexual es independiente de la relación entre la víctima y el agresor, incluso en el seno del matrimonio. La libertad sexual de una persona incluye decidir si quiere tener relaciones con su pareja o no.

  • Dentro de la definición de violencia sexual se incluyen los delitos de agresión sexual, violación, abuso sexual y acoso sexual, así como los intentos de cometer estos delitos, aunque no hayan sido consumados.

En resumen: tu libertad sexual te da derecho a decidir sobre tu sexualidad en todo momento. Si alguien intenta arrebatarte ese derecho, por la fuerza o mediante coacción, está atentando contra tu libertad sexual y cometiendo un delito. Tu mejor defensa en este caso es denunciar.

El reconocimiento médico

Además de denunciar la violación, es muy importante que acudas a un centro médico lo antes posible después de una agresión sexual, incluso aunque no tengas lesiones aparentes. De esta manera podrás recibir el tratamiento adecuado, prevenir posibles riesgos para tu salud y preservar las evidencias físicas de la agresión sexual.
¿Qué puedo esperar de la visita al hospital?

  • El personal del hospital realizará un examen médico y redactará un parte de lesiones. Los detalles del reconocimiento varían en cada caso, pero siempre debe incluir un examen ginecológico. Puedes exigir que realicen este examen en privado. Al finalizar, asegúrate de pedir una copia del parte médico.
  • Si lo deseas, puedes pedir que esté presente una persona de tu confianza.
  • El personal médico debería explicarte de las exploraciones que te van a hacer y de la finalidad de las mismas. No dudes en hacer todas las preguntas que sean necesarias.
  • Los médicos también se encargarán de recoger las muestras biológicas que puedan servir como evidencia de la violación, incluso aunque no quieras denunciar. De esta manera, si más adelante cambias de opinión podrás recurrir a estas pruebas para apoyar tu denuncia.
  • Si el agresor ha eyaculado en tu vagina o cerca de ella, hay un riesgo de embarazo. Según el tiempo transcurrido desde la agresión, se tomarán medidas para evitar un embarazo no deseado (píldora del día después o colocación del DIU). El personal médico también debería informarte sobre qué hacer en caso de que se produzca el embarazo.
  • Las víctimas de violación también presentan riesgo de contagio de diferentes enfermedades de transmisión sexual, ya que en la inmensa mayoría de los casos se desconoce si el agresor estaba o no infectado. Por tanto, el personal sanitario tomará medidas de precaución para evitar la transmisión de diferentes ETS:
    • Ante el riesgo de infección por VIH, se administra un tratamiento antirretroviral. Este tratamiento suele durar entre 3 y 4 semanas. Pasado este tiempo se hace un test para comprobar si ha habido infección o no.
    • Se comprueba la inmunidad a la hepatitis B mediante la extracción de una muestra de sangre, ya que la inmunidad puede ser baja incluso aunque se esté vacunado. Si este es el caso, se pone un tratamiento y se administra la vacuna.
    • Para otras enfermedades de transmisión sexual no existe un tratamiento después de la exposición, por lo que lo más eficaz es hacer un seguimiento posterior. El personal sanitario te aconsejará sobre los controles a los que debes acudir y te explicará como actuar en caso de infección.
  • Algunos hospitales cuentan con protocolos de actuación especiales ante indicios de sumisión química. Hablamos de “sumisión química” cuando el agresor hace consumir a la víctima alguna sustancia capaz de anular su voluntad sin que ésta sea consciente (por ejemplo, diluyendo la droga en una bebida). En estos casos se realizan análisis de sangre, pelo y orina para detectar la presencia de estas sustancias. Sin embargo, no todos los centros médicos están preparados para actuar y el periodo en que pueden detectarse estas drogas es muy corto. Si sospechas que te han drogado, no dudes en decírselo al personal sanitario para que puedan tomar las medidas apropiadas.

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